La OMI adopta marcos para evaluar las actividades de investigación en geoingeniería marina

Las nuevas orientaciones ayudarán a los gobiernos a evaluar las propuestas de investigación sobre geoingeniería marina para garantizar que sean seguras para el medio ambiente.

La Organización Marítima Internacional (OMI) ha adoptado nuevas orientaciones destinadas a garantizar que la investigación en geoingeniería marina evite repercusiones inaceptables, en un contexto de creciente interés por las tecnologías de mitigación del cambio climático.

La geoingeniería marina consiste en métodos destinados a aumentar la capacidad del océano para absorber dióxido de carbono de la atmósfera o almacenar carbono durante largos periodos de tiempo. Sin embargo, aún no se conocen del todo sus posibles repercusiones en los ecosistemas marinos.

En el periodo de sesiones celebrado en la sede de la OMI en Londres, las Partes del Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias (Convenio de Londres) de 1972 y del Protocolo de 1996 relativo al Convenio de Londres (Protocolo de Londres) adoptaron una resolución por la que se establecen marcos de evaluación para la fertilización de los océanos, el aumento de la alcalinización oceánica y la biomasa sumergida en el océano.

Estos marcos ayudarán a los gobiernos a determinar, caso por caso, si las actividades propuestas constituyen investigación científica legítima y si pueden llevarse a cabo sin que ello suponga riesgos inaceptables para el medio marino.

El Secretario General de la OMI, el Sr. Arsenio Domínguez, se congratuló por este logro y declaró:

«En un momento en el que la geoingeniería marina está suscitando un interés cada vez mayor por parte de la comunidad científica, el sector empresarial y el público, estos marcos proporcionan a los responsables de la reglamentación y a los investigadores herramientas rigurosas y transparentes para evaluar las actividades propuestas y proteger el medio marino».

Un enfoque de precaución ante la geoingeniería marina

Estos marcos proporcionan una estructura común para aplicar un enfoque de precaución a los tres métodos de geoingeniería marina siguientes:

  • Fertilización de los océanos: estimulación de la productividad primaria en el océano mediante la adición de nutrientes al agua de mar para favorecer el crecimiento del fitoplancton, que absorbe dióxido de carbono de la atmósfera;
  • Alcalinización oceánica: adición de sustancias alcalinas al agua de mar para aumentar la capacidad del océano de absorber el dióxido de carbono atmosférico y contrarrestar la acidificación del océano.
  • Hundimiento de la biomasa en los océanos: Introducción deliberada de material biológico, como materia vegetal marina o terrestre, en el océano con el fin de almacenar carbono.

Cada marco abarca la selección inicial, la evaluación ambiental, la gestión de riesgos, la toma de decisiones y la revisión posterior al proyecto. Las evaluaciones pueden revisarse a medida que se disponga de nueva información.

En virtud de dichos marcos, todas las propuestas deben demostrar que persiguen un objetivo científico legítimo, evaluar exhaustivamente los riesgos ambientales, garantizar una consulta adecuada a las partes interesadas y una revisión por pares, e incluir un seguimiento riguroso y una presentación de informes transparente.

Las Partes hicieron hincapié en que los conocimientos científicos siguen siendo limitados y en que la investigación debe llevarse a cabo con cautela, dando prioridad absoluta a la protección del medio ambiente. Es necesario realizar más investigaciones científicas antes de que se pueda considerar la posibilidad de llevar a cabo cualquier actividad que vaya más allá de la fase de investigación.

La adopción de estos marcos reafirma el papel fundamental que desempeñan el Convenio y el Protocolo de Londres a la hora de dar respuesta a las nuevas actividades humanas en el océano, que evolucionan rápidamente.

Otras decisiones clave

Las partes también aprobaron las orientaciones sobre la gestión del fin de servicio de los buques de plástico reforzado con fibra de vidrio y las alternativas a su hundimiento en el mar, elaboradas en colaboración con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Acordaron llevar a cabo labores interperiodos para examinar la relación entre el Convenio y el Protocolo de Londres, por un lado, y el Acuerdo relativo a la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional, por otro.

La cuadragésima octava Reunión Consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres y la vigésima primera Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres (LC 48/LP 21) se celebraron en la sede de la OMI en Londres del 5 al 9 de octubre de 2026, bajo la presidencia de la Sra. Radia Razack (Sudáfrica).

Source : OMI