La OMI aprueba nuevas directrices sobre la matriculación de buques
Primeras directrices internacionales para prevenir el fraude marítimo y el uso indebido de pabellones.
El Comité Jurídico de la Organización Marítima Internacional (OMI) ha aprobado un nuevo conjunto de directrices destinadas a mejorar la transparencia y la diligencia debida en la matriculación de buques, así como a prevenir las matriculaciones fraudulentas y el uso indebido de pabellones.
Las directrices contribuyen a subsanar una laguna normativa clave en el sector marítimo, ya que actualmente no existe un marco internacional vinculante que regule el proceso de matriculación de buques.
Las Directrices recientemente aprobadas servirán de ayuda a los registros de buques de Estados de abanderamiento, tanto nuevos como ya existentes, al ofrecer medidas prácticas para reforzar la verificación y la diligencia debida, garantizar la exactitud de los registros de propiedad y mejorar la supervisión de los procedimientos de matriculación.
Paso positivo
Al clausurar el 113º periodo de sesiones del Comité Jurídico, celebrado en Londres del 13 al 17 de abril, el Secretario General de la OMI, el Sr. Arsenio Domínguez, declaró:
«Se trata de un paso positivo para garantizar la diligencia debida en el sistema de matriculación de buques en beneficio de la seguridad, la protección del medio marino y el bienestar de la gente de mar, aspectos esenciales para la seguridad y la protección del transporte marítimo internacional. Las directrices también contribuirán a eliminar casos de matriculación fraudulenta».
El Comité Jurídico señaló que el número de buques que enarbolan un pabellón falso había aumentado desde el periodo de sesiones anterior, celebrado en 2025, y que durante el último año 529 buques enarbolaron fraudulentamente el pabellón de algún país. Cerca de 40 Estados Miembros habían visto casos en los que grupos delictivos habían utilizado sus pabellones fraudulentamente sin su conocimiento ni consentimiento.
Las directrices se centran en:
- Legislación, gobernanza y control con respecto a quién puede efectuar la matriculación de buques
- Procedimientos para garantía de calidad en la matriculación de buques
- Diligencia debida con respecto a la propiedad y la identificación del buque
- Diligencia debida en lo que respecta a la identidad del buque y las comprobaciones de la elegibilidad
- Fuentes de información e intercambio de información.
El Comité también tomó decisiones sobre las siguientes cuestiones:
Transporte marítimo deficiente
El Comité volvió a constituir el Grupo de trabajo por correspondencia para seguir las labores sobre el estudio exploratorio sobre la reglamentación destinado a examinar los convenios de la OMI y otros instrumentos de que disponen los Estados Miembros para seguir formulando medidas destinadas a prevenir las operaciones ilegales, incluidas las de los buques deficientes. El Grupo de trabajo por correspondencia elaborará el mandato de un Grupo de trabajo que se convocará en el próximo periodo de sesiones para abordar esta cuestión.
Estrecho de Ormuz
El Comité condenó enérgicamente las amenazas y los ataques contra buques, en el mar Arábigo, el mar de Omán y la región del Golfo, en particular en el estrecho de Ormuz y sus alrededores.
El Comité condenó enérgicamente las amenazas de la República Islámica del Irán relativas al sembrado de minas en el estrecho de Ormuz y sus alrededores, en particular en el dispositivo de separación del tráfico (DST). Además condenó el supuesto sistema de peaje para los buques que transitan por el estrecho de Ormuz y las medidas discriminatorias impuestas por la República Islámica del Irán, que contradecían los objetivos de la OMI.
El Comité afirmó que las acciones de la República Islámica del Irán eran contrarias al derecho de paso en tránsito, que no debe ser obstaculizado, a través del estrecho de Ormuz, de conformidad con el derecho internacional.
Trato justo de la gente de mar
El Comité observó con alarma que, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, se habían notificado un total de 410 nuevos casos en la base de datos conjunta OMI/OIT sobre el abandono de la gente de mar, lo que afectó a más de 6 000 gente de mar. Estas cifras exceden con mucho la de casos notificados en años anteriores. En 185 casos notificados no hubo garantía financiera obligatoria.
Además, desde el 1 de enero de 2026 ya se habían registrado otros 103 casos de abandono en la base de datos conjunta OMI/OIT.
El Comité instó a los Estados Miembros a ratificar el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, incluidas sus enmiendas de 2014, y a aplicar las Directrices conjuntas de 2022 de la OIT y la OMI sobre la forma de abordar los casos de abandono de la gente de mar. Subrayó que los Estados rectores de puertos, ribereños y de abanderamiento deben tomarse en serio los derechos de la gente de mar y cooperar con otras partes interesadas para resolver los casos.
En lo que respecta a la base de datos conjunta OIT/OMI, el Comité solicitó al Grupo mixto de trabajo tripartito OIT-OMI (JTWG) que estudiara la posibilidad de elaborar una guía clara y detallada (procedimiento operativo estándar) con plazos y fechas límite específicos, de modo que las autoridades sepan exactamente cuándo y cómo actuar con rapidez en casos urgentes de abandono. No debería suponer una carga administrativa adicional.
Le pidió al Equipo de tareas que recomiende medios para mejorar la precisión y la verificación de la documentación sobre la garantía financiera, mediante una interfaz segura de notificación basado en los sistemas existentes de la OMI.
Responsabilidad e indemnización en relación a los combustibles alternativos
El Comité acordó en que existía un vacío normativo en materia de responsabilidad e indemnización por sucesos relacionados con los combustibles alternativos utilizados para la propulsión de buques, y en que los regímenes internacionales de responsabilidad vigentes no tienen debidamente en cuenta los riesgos específicos asociados a estos combustibles; es necesario subsanar esta laguna para preservar la seguridad jurídica y garantizar que las víctimas puedan obtener una reparación efectiva.
El Comité acordó en que es necesario elaborar un régimen específico, o modificar los ya existentes, para garantizar que su uso en el funcionamiento y la propulsión de buques quede debidamente regulado. Se creó un Grupo de trabajo por correspondencia para proseguir la labor en este asunto e informar al respecto en el próximo periodo de sesiones.
En su momento se publicará un resumen completo del periodo de sesiones.
Fonté : IMO


